PROGRAMA INSUMOS PARA LA SALUD

OBJETIVO GENERAL
Contribuir a la disminución de establecimientos que dispensan y suministran medicamentos y demás insumos para la salud, que laboran fuera de la normatividad vigente.
POBLACIÓN OBJETIVO
Farmacias con o sin minisúper, incluye droguerías y boticas (con y sin venta de medicamentos controlados, biológicos ni hemoderivados). Comercio al por mayor de productos farmacéuticos. Comercio al por mayor de mobiliario, equipo e instrumental médico y de laboratorio.
MARCO JURÍDICO
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
- Ley General de Salud.
- Reglamento de Insumos para la Salud.
- Suplemento para establecimientos dedicados a la venta y suministro de medicamentos y demás insumospara la salud de la Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos.
- Suplemento para Dispositivos Médicos de la Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos.
- NOM-072-SSA1-2012, Etiquetado de medicamentos y de remedios herbolarios.
- NOM-137-SSA1-2008, Etiquetado de dispositivos médicos.
- NOM-059-SSA1-2015, Buenas prácticas de fabricación de medicamentos.
- NOM-241-SSA1-2021, Buenas prácticas de fabricación de dispositivos médicos.
- Acuerdo por el que se determinan los lineamientos a los que estará sujeta la venta y dispensación de antibióticos.
ACTIVIDADES RELEVANTES
- A través de verificación y dictaminación: Constatar las condiciones físicas y sanitarias de las áreas en donde se almacenan y comercializan insumos para la salud, revisar la documentación legal y técnica de los establecimientos con base en el marco legal vigente.
- Realizar la búsqueda intencionada de producto, como seguimiento a las alertas publicadas por COFEPRIS de medicamentos y dispositivos médicos, por falsificación, comercio ilegal o robo.
- Coadyuvar con la COFEPRIS dentro de las acciones para fortalecer la “Herramienta Mundial de la OMS para la Evaluación de los Sistemas Regulatorios Nacionales de Productos Médicos-GBT”.
MATERIAL DE DIFUSIÓN





