PROGRAMA CONTROL SANITARIO DE LA PUBLICIDAD

OBJETIVO GENERAL
Proteger a la población contra riesgos sanitarios por la exposición a mensajes que promuevan: un producto de riesgo, el uso o consumo inadecuado de un producto o servicio, hábitos y conductas relacionadas con riesgos sanitarios, principalmente en población vulnerable, resultados mágicos a diferentes padecimientos.



POBLACIÓN OBJETIVO
Anunciantes en todos los medios de comunicación masiva.
MARCO JURÍDICO
- Título Décimo tercero de la LGS (art. 300 al 312)
- Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad
- Ley Federal de Derechos
ACTIVIDADES RELEVANTES
- Monitoreo de medios de comunicación.
REQUISITOS PARA EL TRÁMITE DE PERMISO DE PUBLICIDAD
- Solicitud en original y copia (formato COFEPRIS-02-001-A)
- Publicidad original en dos tantos (la cual debe llevar como mínimo: el nombre del responsable sanitario, número de cédula e institución de la que egresó, en el caso que aplique)
- Copia de los documentos que den sustento a lo publicitado
- Original y copia del pago de derechos
